Los que trabajaren por cuenta del empresario o le suministren material para la obra, tendrán acción contra el dueño de ella, hasta la cantidad que alcance el empresario, terminada la obra.
Arto. 3067 Trabajaren por cuenta empresario del Código Civil de Nicaragua
Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.
COMPARTIR
Artículos Relacionados
Es persona todo ser capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones. Las personas son naturales y jurídicas.......
Las personas naturales son capaces de adquirir derechos y contraer obligaciones. Les son permitidos todos los actos y to......
En caso de duda de si hubieran nacido o no con vida, se presume que nacieron vivos, incumbiendo la prueba al que alegare......
Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.
¿Te fue útil este artículo?
Explora el resto del Código Civil o usa nuestra calculadora.