Los hechos puros y simples pueden ser probados por medio de testigos, cualquiera que sea la importancia de la cuestión en la cual se trata de establecer su existencia.
Arto. 2426 Hechos puros simples del Código Civil de Nicaragua
Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.
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Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.
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