Puede rescindirse la transacción cuando se hace en favor de un título nulo, a no ser que las partes hayan tratado expresamente de la nulidad.
Arto. 2188 Rescindirse transacción hace favor del Código Civil de Nicaragua
Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.
COMPARTIR
Artículos Relacionados
Las personas naturales son capaces de adquirir derechos y contraer obligaciones. Les son permitidos todos los actos y to......
Las partes interesadas, aunque teman suposición de parto, no pueden suscitar pleito alguno sobre la materia, salvo el de......
Tampoco la mujer embarazada o reputada tal, podrá suscitar litigio para objetar su embarazo declarado por el cónyuge o c......
Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.
¿Te fue útil este artículo?
Explora el resto del Código Civil o usa nuestra calculadora.