Aunque el representante manifieste la intención de tomar la posesión para sí, la posesión se adquiere para el comitente cuando la voluntad del que la trasmite ha sido que la posesión sea adquirida para el representado.
Arto. 1788 Representante manifieste intención de del Código Civil de Nicaragua
Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.
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Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.
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