El heredero podrá también hacer uso de la acción reivindicatoria sobre bienes hereditarios reivindicables que hayan pasado a terceros y no hayan sido prescritos por ellos.
Si prefiere usar de esta acción, conservará, sin embargo, su derecho para que el que ocupó de mala fe la herencia le complete lo que por el recurso contra terceros poseedores no hubiere podido obtener, y le deje enteramente indemne; y tendrá igual derecho contra el que ocupó de buena fe la herencia, en cuanto por el artículo precedente se hallare obligado441.