Constitución Política 1 min de lectura

Arto. 4 La familia de la Constitución Política de Nicaragua

📖 Artículo 4 de 183 📅 Constitución Política - Reformas Leyes 1268-1271 (Ene 2026)

La Familia es el centro de la convivencia comunitaria y de la forja de valores y sentimientos que desde el amor promueven humanismo, tolerancia y armonía.

La Familia en nuestra Nicaragua está representada por mujeres y varones de diferentes edades y se reconoce como generadora de vida en prácticas propias de nuestra tradición y cultura.

El Estado nicaragüense reconoce a la persona, la familia y la comunidad como protagonistas esenciales, origen y fin de su gestión, y está organizado para asegurar desde la democracia directa el bien común, asumiendo la tarea de garantizar soberanía, seguridad y paz, en avances cotidianos de lucha contra la injusticia de la pobreza heredada, procurando el desarrollo humano de todos y cada uno de los y las nicaragüenses.

Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Constitución Política, con reformas de las Leyes 1268-1271 (enero 2026). Verificado el 4 de octubre de 2026.

COMPARTIR

Artículos Relacionados

Nota: Este texto corresponde a la Constitución Política de Nicaragua. Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.

¿Te fue útil este artículo?

Explora el resto de la Constitución o usa nuestra calculadora.