La Contraloría General de la República es el órgano de Control de la Administración Pública y Fiscalización de los Bienes y Recursos del Estado. Para dirigirla se establece el Consejo Superior de la Contraloría General de la República, que estará integrado por cinco miembros propietarios y tres miembros suplentes, cumpliendo con el principio de equidad de género, electos por la Asamblea Nacional para un período de seis años, dentro del cual gozarán de inmunidad.
Arto. 155 Contraloría General de República de la Constitución Política de Nicaragua
Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Constitución Política, con reformas de las Leyes 1268-1271 (enero 2026). Verificado el 4 de octubre de 2026.
COMPARTIR
Artículos Relacionados
La independencia, la soberanía, la autodeterminación nacional, la seguridad y la paz, son derechos irrenunciables del Pu......
La soberanía nacional reside en el Pueblo que ejerce su protagonismo a través de instrumentos de democracia directa, par......
Las Mujeres en Nicaragua somos protagonistas de nuestras vidas y ejercemos derechos en equidad, por capacidad y presenci......
Nota: Este texto corresponde a la Constitución Política de Nicaragua. Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.
¿Te fue útil este artículo?
Explora el resto de la Constitución o usa nuestra calculadora.