Estarán sujetos a tutela:
a) Los niños, niñas y adolescentes que no estén sujetos a la autoridad parental;
b) Las personas mayores de edad declarados judicialmente incapaces para regir su persona y sus bienes;
c) Las personas sujetas a pena de inhabilitación especial;
d) Personas en situación de desamparo;
e) Personas con discapacidad que no puedan valerse por sí mismas.