Lo dispuesto en los artículos 2972 y 2973 es aplicable a los aperos de la finca arrendada.
Capítulo VIII Del contrato de obras o prestación de servicios, y primeramente del servicio doméstico
Artículos 2994 al 3021(inclusive)935.
Capítulo IX Del servicio por jornal
Artículos 3022 al 3033 (inclusive)936.
Capítulo X Del contrato de obras a destajo o a precio alzado