Código Civil 1 min de lectura

Arto. 2645 Dispuesto acción redhibitoria comprador del Código Civil de Nicaragua

📖 Artículo 2645 de 3285 📅 Ley 340 - Vigente

Lo dispuesto respecto a la acción redhibitoria entre comprador y vendedor, es aplicable a las adquisiciones por dación en pago, por contratos innominados, por remate o adjudicaciones (cuando no sea en virtud de sentencia), en las permutas, en las donaciones, en los casos en que hay lugar a la evicción y en las sociedades, dando en tal caso derecho a la disolución de la sociedad, o a la exclusión del socio que puso el bien con vicios redhibitorios.

Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.

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Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.

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