La venta de un inmueble determinado puede hacerse:
1°. Inaplicable.
2°. Inaplicable.
3°. Con indicación del área, pero bajo un cierto número de medidas que se tomarán en un terreno más grande.
4°. Con indicación del área por un precio cada medida, haya o no indicación del precio total.
5°. Con indicación del área, pero por un precio único y no a tanto la medida.
6°. O de muchos inmuebles, con indicación del área760.