No es capaz de delito o cuasidelito las personas incapaces conforme a las leyes de la materia; pero será responsable civilmente de los hechos que ejecute la persona que lo tenga bajo su tutela legal, a no hacer constar que no hubo por su parte culpa ni negligencia.
No habiendo tutor legal, responderá con sus bienes la misma persona incapaz; salvo el beneficio de competencia de que gozará742.