Código Civil 1 min de lectura

Arto. 2478 Ser objeto de contrato del Código Civil de Nicaragua

📖 Artículo 2478 de 3285 📅 Ley 340 - Vigente visibility —

Tampoco pueden ser objeto de contrato los bienes o actos que no se puedan reducir a un valor exigible, ni los actos contrarios a la moral pública o a las obligaciones impuestas por la ley.

CAPÍTULO III De la eficacia de los contratos

Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.

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Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.

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