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Arto. 2219 De dos objetos forman del Código Civil de Nicaragua

📖 Artículo 2219 de 3285 📅 Ley 340 - Vigente visibility —

Si de dos objetos que forman la materia del acto bilateral, uno solo de ellos consiste en una suma de dinero, o en una cosa productiva de frutos, la restitución de los intereses o de los frutos, debe hacerse desde el día en que la suma de dinero fue pagada, o fue entregado el bien productivo de frutos.

TÍTULO III

Capítulo I De la simulación en los actos jurídicos

Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.

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Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.

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